El Decreto Supremo 5746 dispone que las variaciones del diésel se incorporen al cálculo de los márgenes de comercialización, con descuentos para evitar que se trasladen al consumidor. La compensación a YPFB se realizará mediante notas de crédito fiscal.
El Gobierno dispuso mantener el precio final del Gas Licuado de Petróleo (GLP) mediante un mecanismo que permite actualizar los márgenes de mayoristas y minoristas y compensar esas variaciones con descuentos en la cadena de precios. La medida busca evitar que los cambios en los costos de distribución se trasladen a quienes compran el combustible.
El Decreto Supremo 5746, fechado el 13 de octubre, establece que la actualización de esos márgenes deberá considerar las variaciones del precio final regulado del diésel, utilizado en el transporte terrestre del GLP.
La norma señala que los costos logísticos y de transporte afectan las operaciones de los agentes de distribución y comercialización. Para atender esas variaciones sin modificar el precio al consumidor, dispone ajustar simultáneamente los márgenes comerciales y los descuentos.
Cómo funcionará la compensación
El decreto fija un margen mayorista de Bs 0,75 por kilogramo y un margen minorista de Bs 0,90 por kilogramo, montos a los que se adicionará el IVA. Estos valores se aplican tanto al GLP producido en plantas como al elaborado en refinerías.
Los márgenes podrán actualizarse conforme a una metodología que deberá aprobar el Ministerio de Hidrocarburos y Energías. Las diferencias resultantes se incorporarán, al mismo tiempo, a los descuentos de cada producto para mantener el precio final.
Para el GLP producido en plantas, la norma establece un descuento de Bs 1,19 por kilogramo. En el caso del producido en refinerías, fija un descuento de Bs 1,53 por kilogramo para mantener su precio de venta en Bs 2,25 por kilogramo, equivalente a Bs 22,50 por diez kilogramos.
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) efectuará los cálculos de actualización conforme a la metodología ministerial.
Subvención para las garrafas de diez kilos
Los descuentos y sus actualizaciones para el GLP destinado a garrafas de diez kilogramos serán subvencionados a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) mediante Notas de Crédito Fiscal (NOCRES).
Para el GLP de refinerías, la compensación se realizará previa deducción del margen mayorista y su respectivo IVA.
El decreto recuerda que la subvención para el GLP de plantas y refinerías fue establecida hasta el 31 de diciembre de 2026 por el Decreto 5667. La nueva disposición no modifica ese plazo.
Control de costos y plazos
Las plantas engarrafadoras y distribuidoras deberán presentar sus estructuras de costos con documentación de respaldo, bajo procedimientos de verificación que establecerá la ANH.
El Ministerio de Hidrocarburos y Energías tendrá hasta diez días hábiles desde la publicación del decreto para aprobar la metodología de actualización de márgenes y descuentos. La ANH contará con hasta quince días hábiles para reglamentar la presentación y verificación de los costos.
Fuetne: El Deber



