La determinación se respalda en el Decreto Supremo N° 29753, que define como tanque adicionado a cualquier depósito incorporado de manera fija o desmontable
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) informó este martes a todas las estaciones de servicio del país que está estrictamente prohibida la comercialización y carga de combustible líquido en tanques de reserva o adicionados en vehículos automotores.
La determinación se respalda en el Decreto Supremo N° 29753, que define como tanque adicionado a cualquier depósito incorporado de manera fija o desmontable con posterioridad a la fabricación del vehículo.
La norma no solo prohíbe el suministro de carburantes a estos depósitos en los surtidores, sino también la circulación de automotores con placas nacionales que hayan modificado su estructura para ampliar su capacidad de almacenamiento.
Combustible
Desde el ente regulador exhortaron a los operadores de estaciones de servicio a dar un cumplimiento riguroso a estas restricciones. Asimismo, advirtieron que los establecimientos o conductores que infrinjan la disposición se exponen a sanciones estipuladas en el Artículo 6°, parágrafo VI de dicho decreto.
Con esta medida se busca reforzar el control sobre la distribución de carburantes en el país, evitando la acumulación desmedida y el desvío irregular de gasolina y diésel a través de modificaciones no autorizadas en los motorizados.
Fuente: La razón

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