La norma, promulgada el 13 de octubre de 2026, modifica los mecanismos de actualización de precios y tarifas del sector eléctrico, incorporando referencias al tipo de cambio oficial del dólar y al índice de precios al consumidor. El cambio busca adecuar el cálculo de los componentes tarifarios ante las variaciones cambiarias, pero no establece por sí mismo un porcentaje de incremento en las facturas de los usuarios.
Abner Flores/ENERGÍABolivia, 15 de octubre de 2026.- El Gobierno promulgó el Decreto Supremo 5750, que modifica las reglas utilizadas para actualizar los precios y las tarifas máximas de electricidad en Bolivia, en respuesta a los cambios del régimen cambiario. La norma introduce nuevas fórmulas para calcular componentes de la generación, transmisión y distribución eléctrica, con el propósito de estabilizar sus valores frente a las variaciones del tipo de cambio. El decreto modifica disposiciones vigentes desde 2001 y ajustadas posteriormente en 2008.
Uno de los principales cambios es la incorporación de variables económicas en las fórmulas de actualización, entre ellas el tipo de cambio oficial del dólar establecido por el Banco Central de Bolivia (BCB), el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INE y el precio de referencia del combustible utilizado por las unidades generadoras. Estos factores inciden de distinta manera según el componente tarifario: los equipos e inversiones importados están vinculados al dólar, mientras que otros costos se relacionan con la evolución de los precios internos.
En términos prácticos, el decreto modifica los cálculos de los precios de nodo de energía y potencia, los peajes por transmisión, los costos de inversión y operación del Sistema Troncal de Interconexión, además de las tarifas base de distribución. Las fórmulas de varios componentes se aplicarán mensualmente, mientras que los costos de inversión, operación, mantenimiento y administración del sistema troncal tendrán actualización semestral. La aplicación corresponde a la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), al Comité Nacional de Despacho de Carga (CNDC) y a los agentes del mercado eléctrico, conforme a los plazos y procedimientos establecidos.
La principal implicación para los consumidores es que cambia el mecanismo mediante el cual se calculan y actualizan los componentes que forman parte de las tarifas eléctricas, pero la norma no fija un porcentaje específico de incremento en las facturas ni dispone por sí sola una subida uniforme e inmediata para todos los usuarios. El efecto dependerá de cómo evolucionen las variables incorporadas y de su peso en cada cálculo tarifario. Por ello, el seguimiento a las resoluciones regulatorias y a la aplicación de las nuevas fórmulas será clave para conocer su impacto efectivo en los recibos de electricidad de hogares, comercios e industrias.
Para el ex presidente del Comité Cívico de Chuquisaca y experto en energía e hidrocarburos Fernando Rodríguez, el Decreto Supremo 5057, que modifica las fórmulas de cálculo y actualización de los precios y tarifas máximas en el sector eléctrico, “es sumamente complejo y manipulable debido a la cantidad de fórmulas que intervienen para determinar el monto final del servicio.”
“Es mucho gre-gre para decir Gregorio, cuando en realidad lo que nos están diciendo es que la tarifa va a subir”, señaló Rodríguez en entrevista con ERBOL, reclamando una mayor claridad sobre el asunto, por parte del Gobierno de Rodrigo Paz Pereira, en un momento complicado de la realidad económica nacional.
Fuente: Abner Flores/ENERGÍABolivia

Fuente: Abner Flores/ENERGÍABolivia




