ENERGÍABoliviaDIGITAL, 23 DE JULIO DE 2026.- La reciente revelación sobre un vuelo chárter que trasladó aproximadamente 200 kilogramos de oro con destino a Dubái volvió a poner en debate los mecanismos de exportación del mineral y los controles estatales. Para el ingeniero José Padilla, ex secretario de energía e hidrocarburos de la Gobernación de Santa Cruz, el envío puede considerarse lícito siempre que haya cumplido con todos los requisitos establecidos por la normativa vigente y las verificaciones del Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom). Aclaró además que la cantidad transportada fue de 221 kilogramos, y no de 189 como inicialmente se difundió.
El especialista explicó que la legislación boliviana permite exportar oro por cualquier medio de transporte, incluidos vuelos chárter, siempre que el exportador presente el certificado de origen emitido por el productor minero, cuente con licencia ambiental, realice el análisis del mineral y cumpla con el pago de las regalías correspondientes, las cuales son retenidas durante el proceso de comercialización. Asimismo, precisó que la exportación de oro no está sujeta a un impuesto específico por exportación, pero sí debe cumplir con todos los procedimientos administrativos exigidos por las autoridades competentes.
Padilla sostuvo que el principal responsable de verificar el cumplimiento de estos requisitos es el Senarecom, mediante el Formulario 3, documento en el que se registra toda la información relacionada con la exportación, incluyendo el origen del mineral, los análisis realizados y el pago de regalías. Añadió que la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) también desempeña un papel clave al certificar que el vendedor cuenta con un área minera legalmente autorizada para producir oro y con la habilitación correspondiente para comercializarlo tanto en el mercado interno como en el externo. Respecto a quién financió el vuelo y quién adquirió la carga, señaló que esos aspectos corresponden ser esclarecidos por la justicia.
Finalmente, Padilla afirmó que las autoridades aeroportuarias tienen la obligación de verificar la carga y el destino de toda mercancía que abandona el país. También recordó que el contrabando de oro no es un fenómeno reciente, sino una actividad que desde hace años se realiza por rutas aéreas, terrestres, fluviales y otros medios. Sobre la difusión de estos casos, consideró que existe un componente comercial, aunque enfatizó que el verdadero problema es el contrabando y que la prioridad debe centrarse en fortalecer los mecanismos de fiscalización y control sobre la comercialización y exportación del mineral.
Fuente: ENERGÍABoliviaDIGITAL

Fuente: ENERGÍABoliviaDIGITAL




